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AYUDAS 2020 DPH PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO Y LA CONTRATACIÓN
SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO
Primero. Beneficiarios.
Desempleados de la Provincia de Huesca, como trabajadores autónomos o por cuenta propia y que realicen la actividad en nombre propio.

Segundo. Objeto.
La convocatoria tiene por objeto la ayuda económica al participante por su alta como autónomo (de forma individual o como persona jurídica). La finalidad de estas subvenciones será la promoción del empleo, dirigidas a emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos. Se trata de promover el emprendimiento de jóvenes de entre 16 y 30 años, incluidas personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que se encuentran en
los territorios que cumplen con los requisitos establecidos, o que quieren fijar su residencia en ellos.

Tercero. Bases reguladoras.
El marco normativo de la presente convocatoria, según el artículo 6 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones, al estar financiada con cargo a fondos de la Unión Europea, se regirán por las normas comunitarias aplicables en cada caso y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas.
Así pues y dado que estas ayudas son reguladas por el real Decreto 1234/2018 de 5 de octubre, se regirán por las normas de la Unión Europea de aplicación y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas, teniendo carácter supletorio los procedimientos de concesión de las mismas establecidas en dicha ley aplicándose los mecanismos de gestión y control establecidos en los reglamentos de la Unión Europea correspondientes. Las Bases Reguladoras de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca y del Instituto de Estudios Altoaragoneses, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, Ley 5/2015 de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Cuarto. Cuantía.
La convocatoria tiene un importe máximo de 115.904,08 €, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de 2021. La ayuda máxima por solicitante será de 6.623,10 euros, correspondiente con el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional 2018.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Plazo de justificación.
El plazo máximo para darse de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o en el régimen de previsión que corresponda será hasta el 2 de abril de 2020. El plazo para presentar dicha Alta será hasta el 30 de abril de 2020. El plazo máximo para la ejecución y justificación de la actividad será hasta el día 1 de febrero de 2021.

Descarga el extracto:
Consulta toda la información: https://www.dphuesca.es/subvenciones-iniciativas-programas-europeos



SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO EN EMPRESAS
Primero. Beneficiarios.
Empresas de la provincia de Huesca, que promuevan la contratación, por un periodo igual o superior a doce meses, de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. En concreto, dichas contrataciones de jóvenes de entre 16 y 30 años, incluidas personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que se encuentran en los territorios que cumplen con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1234/2018, o que quieren fijar su residencia en ellos.

Segundo. Objeto.
La convocatoria tiene por objeto la ayuda al empleo para la contratación de jóvenes durante un periodo igual o superior a doce meses. La convocatoria tiene por finalidad la concesión de subvenciones para la promoción del empleo, dirigidas a empresas que sirvan de incentivo a la contratación indefinida de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Se trata de promover la contratación de jóvenes de entre 16 y 30 años, incluidas personas con discapacidad, no
ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que se encuentran en los territorios que cumplen con los requisitos establecidos, o que quieren fijar su residencia en ellos. Por lo tanto, serían posibles beneficiarias de la ayuda las empresas que contraten tanto a jóvenes residentes, como a jóvenes que retornen o se instalen en los municipios que responden al perfil establecido en artículo 2 del Real Decreto 1234/2018, es decir personas jóvenes que habiten o vayan habitar en municipios que no formen parte de una gran área urbana y que tengan una población inferior o igual a 5.000 habitantes, o una población comprendida entre los 5.001 y 10.000 habitantes siempre que estos últimos presente un saldo demográfico negativo en la última década.

Tercero. Bases reguladoras.
El marco normativo de la presente convocatoria, según el artículo 6 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones, al estar financiada con cargo a fondos de la Unión Europea, se regirán por las normas comunitarias aplicables en cada caso y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas.
Así pues y dado que estas ayudas son reguladas por el real Decreto 1234/2018 de 5 de octubre, se regirán por las normas de la Unión Europea de aplicación y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas, teniendo carácter supletorio los procedimientos de concesión de las mismas establecidas en dicha ley aplicándose los mecanismos de gestión y control establecidos en los reglamentos de la Unión Europea correspondientes. Las Bases Reguladoras de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca y del Instituto de Estudios Altoaragoneses, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, Ley 5/2015 de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Cuarto. Cuantía.
La convocatoria tiene un importe máximo de 198.675,00 €, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de 2021. La subvención será la establecida en el Real Decreto, en su artículo 10, que establece el tiempo mínimo de permanencia activa en el régimen correspondiente. La ayuda máxima por solicitante será de 4.415,40 €, correspondiente con el 50 % del Salario Mínimo Interprofesional 2018.

Quinto. Plazo de presentación de solicitud.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Plazo de justificación.
Plazo. El plazo máximo para contratar a los trabajadores será hasta el 2 de abril de 2020. Se deberá presentar el alta de los contratos subvencionados (alta laboral de los contratados). El plazo para presentar los contratos será hasta el 30 de abril de 2020. El plazo máximo para la ejecución y justificación de la actividad será hasta el día 1 de febrero de 2021.

Descarga el extracto:
Consulta toda la información: https://www.dphuesca.es/subvenciones-iniciativas-programas-europeos


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